Compliance PBC
Prevención de Blanqueo de Capitales
El fenómeno del Blanqueo de Capitales es una de las mayores preocupaciones, tanto a nivel nacional como internacional. Para su prevención es necesaria la implementación de sistemas y modelos eficaces de diligencia debida, control y supervisión, con la finalidad de cumplir con la normativa vigente.
A tal efecto, facilitamos todo el apoyo y soporte técnico especializado, así como ofrecemos programas de formación y concienciación personalizados a las necesidades de cada organización.
A tal efecto, facilitamos todo el apoyo y soporte técnico especializado, así como ofrecemos programas de formación y concienciación personalizados a las necesidades de cada organización.
Asesoramiento en Prevención de Blanqueo de Capitales (PBC)
Nuestra firma cuenta con especialistas acreditados y de experiencia contrastada en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales para el asesoramiento de los clientes y garantía de cumplimiento de las obligaciones establecidas por la normativa vigente. Así como también, para hacer frente al riesgo reputacional que se podría derivar por cualquier forma de involucración, incluso involuntaria, en situaciones de este tipo.
El Modelo de Prevención de Blanqueo de Capitales desarrollado por nuestra firma contempla las siguientes fases:
El Modelo de Prevención de Blanqueo de Capitales desarrollado por nuestra firma contempla las siguientes fases:
Manual de PBC y definición de políticas, normas y procedimientos
Aportamos nuestro conocimiento y soporte en la confección y aplicación práctica del Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales, así como en la definición de las políticas, normas y procedimientos, a fin de garantizar el correcto proceder a toda la organización.
Asimismo, nuestra firma también ofrece asesoramiento en el establecimiento de los Órganos de Control Interno (composición, organización interna, etc.) necesario y adaptado a la tipología del sujeto obligado.
Asimismo, nuestra firma también ofrece asesoramiento en el establecimiento de los Órganos de Control Interno (composición, organización interna, etc.) necesario y adaptado a la tipología del sujeto obligado.
Análisis y documentación de operaciones sospechosas
Tal como establece la normativa vigente en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales, dentro de los principales requerimientos contemplados a los que están sometidos los sujetos obligados (*) es imprescindible la aplicación de medidas de diligencia debida, como son:
Adicionalmente, en el supuesto que, como consecuencia de nuestro análisis, se tenga sospecha o certeza de estar ante operaciones vinculadas con el blanqueo de capitales, se deberá proceder a su examen exhaustivo y oportuna documentación.
Desde nuestra firma, nuestros especialistas aportan asesoramiento riguroso, con el fin de dar cumplimiento a todas estas obligaciones de análisis y documentación, y cumplir así escrupulosamente con la normativa establecida.
(*) Sujetos Obligados: entidades financieras, aseguradoras, casinos de juego, inmobiliarias, auditores, contables, asesores fiscales, abogados, procuradores, notarios, registradores, joyeros, galerías de arte y antigüedades, loterías, custodia, transporte de fondos y fundaciones.
- Identificación formal
- Identificación del titular real
- Indagación del propósito en la relación comercial
- Seguimiento continuado (en caso de reiteración de operaciones)
- Implementación de medidas con enfoque de riesgo
- Medidas reforzadas de diligencia debida en caso de operaciones inusuales, singulares, paraísos fiscales, etc.
Adicionalmente, en el supuesto que, como consecuencia de nuestro análisis, se tenga sospecha o certeza de estar ante operaciones vinculadas con el blanqueo de capitales, se deberá proceder a su examen exhaustivo y oportuna documentación.
Desde nuestra firma, nuestros especialistas aportan asesoramiento riguroso, con el fin de dar cumplimiento a todas estas obligaciones de análisis y documentación, y cumplir así escrupulosamente con la normativa establecida.
(*) Sujetos Obligados: entidades financieras, aseguradoras, casinos de juego, inmobiliarias, auditores, contables, asesores fiscales, abogados, procuradores, notarios, registradores, joyeros, galerías de arte y antigüedades, loterías, custodia, transporte de fondos y fundaciones.
Información y documentación a facilitar al SEPBLAC
El Servicio Ejecutivo para la Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) es el organismo oficial del Estado que tiene por cometido velar por el cumplimiento de las obligaciones en esta materia.
Adicionalmente, en lo que se refiere a las medidas de diligencia debida, se establecen otros tipos de requisitos como son las obligaciones de información y prohibiciones, las cuales se materializan en:
Al respeto de todas estas obligaciones, nuestra firma ofrece su asesoramiento en aras a facilitar toda la información relativa y documentación precisa al SEPBLAC, correspondiente a las operaciones con indicios de estar vinculadas con el blanqueo de capitales.
Adicionalmente, en lo que se refiere a las medidas de diligencia debida, se establecen otros tipos de requisitos como son las obligaciones de información y prohibiciones, las cuales se materializan en:
- Examen especial de operaciones
- Comunicación por indicios mediante los modelos de reporting establecidos por el supervisor
- Abstención de ejecución de operaciones
- Colaboración con el SEPBLAC, ante sus requerimientos e instancias
- Prohibición de revelación de información a personas sospechosas y a terceros
- Conservación de documentos: mínimo 10 años
Al respeto de todas estas obligaciones, nuestra firma ofrece su asesoramiento en aras a facilitar toda la información relativa y documentación precisa al SEPBLAC, correspondiente a las operaciones con indicios de estar vinculadas con el blanqueo de capitales.
Verificación, seguimiento y control
En nuestra calidad de expertos externos registrados ante el SEPBLAC estamos en condiciones de verificar el correcto cumplimiento del Programa de Prevención de Blanqueo de Capitales instaurado, en el supuesto de que exista. En caso contrario, proponemos la implementación del sistema preventivo más adecuado.
Nuestros dictámenes y juicios de valor siempre van acompañados de recomendaciones y propuestas de mejora, sobre las que colaboramos en su implementación y efectuamos un seguimiento y control periódico.
Nuestros dictámenes y juicios de valor siempre van acompañados de recomendaciones y propuestas de mejora, sobre las que colaboramos en su implementación y efectuamos un seguimiento y control periódico.
Formación y concienciación en materia de PBC
Con la finalidad de garantizar el buen funcionamiento del Programa de Prevención de Blanqueo de Capitales es necesario disponer de un buen planning de formación y divulgación de esta materia, tanto para la gerencia como para el resto del personal directamente implicado.
A tal efecto, ofrecemos e impartimos programas de formación y concienciación, en formato presencial y también e-learning, con el objetivo que toda la organización esté alineada en la correcta dirección.
A tal efecto, ofrecemos e impartimos programas de formación y concienciación, en formato presencial y también e-learning, con el objetivo que toda la organización esté alineada en la correcta dirección.
Definición del modelo de autoevaluación del sistema de PBC
Una vez determinados los objetivos de cumplimiento de la organización y evaluados también los riesgos penales, se procede a la definición de los planes de acción. Estos planes se implementaran según el orden de prioridades establecido.
La implementación de los planes de acción conllevará el logro de un entorno de control adecuado. A partir de su establecimiento será necesario realizar un seguimiento dinámico, mediante la disponibilidad de un cuadro de mando de Cumplimiento Normativo.
Lógicamente, para garantizar la máxima visibilidad del cuadro de mando, éste debería ser reportado periódicamente al máximo órgano de administración de la empresa o institución, circunstancia imprescindible para facilitar su permeabilidad a través de toda la organización.
La implementación de los planes de acción conllevará el logro de un entorno de control adecuado. A partir de su establecimiento será necesario realizar un seguimiento dinámico, mediante la disponibilidad de un cuadro de mando de Cumplimiento Normativo.
Lógicamente, para garantizar la máxima visibilidad del cuadro de mando, éste debería ser reportado periódicamente al máximo órgano de administración de la empresa o institución, circunstancia imprescindible para facilitar su permeabilidad a través de toda la organización.
Asistencia e interlocución ante el SEPBLAC
Nuestra firma aporta asistencia y soporte técnico, a fin de interactuar con el SEPBLAC en nombre y representación de nuestro cliente, ofreciendo cumplimiento a requisitos de información, transmisión de documentación, reporting de datos, etc.
Representación legal en procedimientos judiciales
Nuestra firma presta una estrecha colaboración en la defensa de los intereses de nuestros clientes en cualquier proceso judicial instado a las diferentes demarcaciones de Justicia del territorio nacional.