Cláusulas Suelo: Suspense en torno a la retroactividad de la nulidad de las Cláusulas Suelo (3ª Parte)
01/01/2017Cláusulas Suelo: Suspense en torno a la retroactividad de la nulidad de las Cláusulas Suelo (3ª Parte)
Finalmente se desveló el suspense al cual nos referíamos en un anterior post que publicamos en este mismo blog, que llevaba por título: Suspense en torno a la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo – 2ª parte – (ver aquí).
Y la noticia, no por esperada, resultó ser una sorpresa mayúscula. Es como si “el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya avanzado el tradicional sorteo de Navidad un día, de forma que reparte del orden de 5.000 millones de euros a unos dos millones de afectados por las cláusulas suelo".
El contenido de la sentencia del TJUE es breve y concisa, declarando de forma explícita la preeminencia del artículo 6, apartado 1º de la Directiva 93/13/CEE del Consejo por delante de la limitación de retroactividad que la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) español estableció en su controvertida sentencia del 9 de mayo de 2013.
La sentencia del TJUE tiene un valor enorme, ya que incluso contradice la opinión del Abogado General del mismo Tribunal que actuó de ponente en este caso, haciendo caso omiso de las circunstancias excepcionales alegadas y las repercusiones macroeconómicas que se podrían derivar sobre el sistema financiero español.
Los expertos del Banco de España (BdE) evaluaron el impacto entre unos 5.000 y 7.000 millones de euros para el conjunto de entidades que en su día comercializaron las “malditas” cláusulas suelo. Pero todo y la grandilocuencia de la cifra resultante, ésta no afectará gravemente a los ratios de solvencia de las mismas, aunque sí a su cuenta de resultados.
Dónde sí impactará favorablemente será en los miles y miles de familias que subscribieron (en la mayoría de casos, con escasa o nula transparencia) las hipotecas con las cláusulas “envenenadas”; y que ahora podrán recuperar todo el dinero pagado en exceso.
Por su parte los Juzgados ya están comenzando a aplicar el contenido de la nueva sentencia del TJUE, decretando la nulidad de aquellas cláusulas suelo declaradas abusivas por no transparentes, con plenos efectos retroactivos.
¿Qué hacer a partir de ahora?
De momento, esperar a ver cómo actúan las entidades financieras, a la vista del compromiso del Ejecutivo español de aprobar el Código de Buenas Prácticas de adhesión voluntaria por parte de los bancos (otro más), para procedimentar un mecanismo ágil que permita recuperar el dinero evitando la farragosa vía judicial.
Son muchos los intereses que están en juego y, por lo tanto, tenemos que estar atentos a la letra pequeña del texto prometido, así como a la reacción de las entidades en cuanto a su adhesión voluntaria.
Y la noticia, no por esperada, resultó ser una sorpresa mayúscula. Es como si “el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya avanzado el tradicional sorteo de Navidad un día, de forma que reparte del orden de 5.000 millones de euros a unos dos millones de afectados por las cláusulas suelo".
El contenido de la sentencia del TJUE es breve y concisa, declarando de forma explícita la preeminencia del artículo 6, apartado 1º de la Directiva 93/13/CEE del Consejo por delante de la limitación de retroactividad que la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) español estableció en su controvertida sentencia del 9 de mayo de 2013.
La sentencia del TJUE tiene un valor enorme, ya que incluso contradice la opinión del Abogado General del mismo Tribunal que actuó de ponente en este caso, haciendo caso omiso de las circunstancias excepcionales alegadas y las repercusiones macroeconómicas que se podrían derivar sobre el sistema financiero español.
Los expertos del Banco de España (BdE) evaluaron el impacto entre unos 5.000 y 7.000 millones de euros para el conjunto de entidades que en su día comercializaron las “malditas” cláusulas suelo. Pero todo y la grandilocuencia de la cifra resultante, ésta no afectará gravemente a los ratios de solvencia de las mismas, aunque sí a su cuenta de resultados.
Dónde sí impactará favorablemente será en los miles y miles de familias que subscribieron (en la mayoría de casos, con escasa o nula transparencia) las hipotecas con las cláusulas “envenenadas”; y que ahora podrán recuperar todo el dinero pagado en exceso.
Por su parte los Juzgados ya están comenzando a aplicar el contenido de la nueva sentencia del TJUE, decretando la nulidad de aquellas cláusulas suelo declaradas abusivas por no transparentes, con plenos efectos retroactivos.
¿Qué hacer a partir de ahora?
De momento, esperar a ver cómo actúan las entidades financieras, a la vista del compromiso del Ejecutivo español de aprobar el Código de Buenas Prácticas de adhesión voluntaria por parte de los bancos (otro más), para procedimentar un mecanismo ágil que permita recuperar el dinero evitando la farragosa vía judicial.
Son muchos los intereses que están en juego y, por lo tanto, tenemos que estar atentos a la letra pequeña del texto prometido, así como a la reacción de las entidades en cuanto a su adhesión voluntaria.